19 de noviembre de 1945 por resolución suprema 997 se autoriza a lotizar 1 millón 250 mil metros cuadrados de los que 581,300 se destinarían para área útil en parcelaciones de extensión mínima de 2,500 m2 para al uso de QUINTAS y 668,700 m2 para área libres y vías de los que un área de 572,000 m2 corresponderá a un parque central sobre el cual se autoriza la habilitación de un club de golf para uso de las quintas que se construyan siempre y cuando mantengan la actividad autorizada.
Posteriormente se gestiona la consecion del parque central de la parcelacion a favora de los INCAS CLUB DE GOLF, la misma que fue otorgada por el plaxo de novenrta años condicionada a mantener el USO EXPLUSIVO para el deporte del golf.